La Justicia federal lo responsabilizó por el vertido ilegal en el Río Salado de efluentes industriales que superaban ampliamente los límites permitidos. El embargo asciende a $10 millones.

El presidente de un frigorífico de la ciudad de Azul fue procesado por contaminar el sistema del Río Salado mediante el vertido ilegal de efluentes industriales. La acusación se centra en la violación de la Ley N° 24.051 de residuos peligrosos, que regula el manejo y disposición de sustancias capaces de generar daños al ambiente y a la salud pública.
El juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio, resolvió procesar al titular del frigorífico La Canaria S.A. tras avanzar en una investigación iniciada por la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), a cargo del fiscal federal Ramiro González. La pesquisa comenzó luego de que se difundieran imágenes periodísticas que mostraban descargas directas de efluentes contaminantes en aguas vinculadas al sistema del Río Salado.
Inspecciones y parámetros contaminantes
De acuerdo con información del portal Fiscales, durante la investigación se llevaron adelante inspecciones de la Autoridad del Agua, del Ministerio de Ambiente bonaerense y del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal. En ellas se constató la presencia de infracciones reiteradas y parámetros contaminantes que superaban los límites permitidos en, al menos, tres oportunidades entre 2023 y 2025.
Según el escrito judicial citado, los informes técnicos demostraron niveles sistemáticamente elevados de Demanda Biológica de Oxígeno (DBO), Demanda Química de Oxígeno (DQO), fósforo total, sólidos sedimentables y coliformes fecales. Estos valores configuran la existencia de residuos peligrosos con capacidad para afectar el ambiente y la salud pública.
Descargo del acusado y decisión judicial
El imputado no brindó declaración indagatoria, aunque presentó un escrito en el que alegó que lo ocurrido se trataba de irregularidades administrativas y sostuvo que la empresa había implementado mejoras en su sistema de tratamiento de efluentes.
Con los elementos reunidos, el magistrado consideró acreditada la existencia de una acción delictiva. La Ley 24.051 establece penas de entre 3 y 10 años de prisión para quien “utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.
Embargo y continuidad de la causa
El juzgado dispuso el procesamiento del presidente del frigorífico sin prisión preventiva y ordenó un embargo por $10 millones sobre sus bienes. Además, rechazó el pedido de sobreseimiento presentado por la defensa, por lo que la causa continuará en etapa de instrucción.

