A partir de una resolución, la AFA excluyó al “Chiqui” Tapia de la categoría de Persona Expuesta Políticamente

El Tribunal de Ética determinó que el titular de la asociación “no reviste la condición de Persona Expuesta Políticamente”, una definición con efectos directos en los controles sobre lavado de activos. El pronunciamiento se conoció en paralelo a la comparación de sus declaraciones juradas de 2023 y 2025.

El Tribunal de Ética de la AFA resolvió que Tapia no integra la categoría de Persona Expuesta Políticamente.

Claudio Fabián “Chiqui” Tapia desarrolló su carrera en el fútbol desde comienzos de los años 2000, cuando asumió la vicepresidencia de la CEAMSE influido por su entonces suegro Hugo Moyano. Tras la muerte de Julio Grondona, terminó al frente de la Asociación del Fútbol Argentino, consolidando un ascenso iniciado en Buenos Aires en los años ’80, cuando trabajó en Manliba y en camiones de recolección de residuos.

En su paso por la CEAMSE, cargo al que accedió por un acuerdo con Axel Kicillof, presentó declaraciones juradas ante los organismos correspondientes. En julio de 2025 informó ingresos anuales por $818 millones. Ese mismo mes se conoció una resolución clave: el 11 de julio, el Tribunal de Ética de la Asociación del Fútbol Argentino determinó que Tapia no puede ser considerado Persona Expuesta Políticamente, categoría sujeta a un nivel superior de monitoreo por su relación con delitos como el lavado de activos. La discusión coincidió con la causa que involucra al financista cercano a Tapia, Ariel Vallejo.

La resolución del Tribunal de Ética

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La resolución, publicada en el Boletín Oficial bajo el número 6722, señala: “El Sr. Claudio Fabián Tapia no reviste la condición de Persona Expuesta Políticamente, ni por ser presidente de la Asociación del Fútbol Argentino, ni por su actuación anterior como Vicepresidente de CEAMSE, ni por su actual cargo de Presidente de dicha entidad a la fecha, careciendo ambos desempeños de los elementos normativos, funcionales y objetivos exigidos por la normativa vigente para su inclusión en dicha categoría”. Lleva la firma de Javier Vijande Penas y fue adoptada por los integrantes del Tribunal Diego G. Barroetaveña, Manuel Fernández y Mario E. Kohan.

La decisión despertó cuestionamientos. Las Personas Expuestas Políticamente están sometidas a mayor seguimiento por parte de la Unidad de Información Financiera, y resultó llamativa la convocatoria de una reunión dedicada exclusivamente al caso de Tapia. TN buscó conocer los motivos: una fuente judicial que pidió estricto off the record sostuvo: “No recuerdo bien. Pero no es vinculante. Es obvio que si un banco ve algo sobre Tapia puede informarlo. Es una opinión, nada más. Ni siquiera el Tribunal es una autoridad de aplicación”.

Decisiones internas y alcance del dictamen

El Tribunal de Ética también resolvió validar las declaraciones juradas presentadas por Tapia el 18 de septiembre de 2021 y el 9 de septiembre de 2024, en las que afirma no encontrarse alcanzado por el régimen de Personas Expuestas Políticamente establecido por la Resolución UIF N.º 134/2018. Para conocedores de la dinámica interna de la AFA, la decisión responde al peso que ejerce el presidente dentro de la institución. En el “Visto” que antecede a la resolución se menciona como fundamento “las constancias documentales obrantes en autos, y en particular las declaraciones juradas firmadas por el Sr. Claudio Fabián Tapia (…) en las que manifiesta, bajo juramento, que no se encuentra comprendido en los alcances de la Resolución UIF N.º 134/2018”.

La Unidad de Información Financiera realiza un seguimiento continuo de las Personas Expuestas Políticamente en función de los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional, que supervisa la prevención del lavado de capitales. Su normativa más reciente en esta materia es la Resolución 192/2024.

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