Un nicoleño pagó dos veces y esperó casi un año por internet: la Justicia ordenó a la empresa indemnizarlo con $300.000

El usuario, un nicoleño domiciliado en calle Ameghino al 300, esperó 322 días por la instalación del servicio tras haber abonado dos veces el cargo correspondiente. La sentencia fijó una indemnización de $300.000 por daño moral y aplicó una multa contra la empresa equivalente a una canasta básica por su conducta.

Un nicoleño será indemnizado con $300.000 luego de que Telecom S.A. tardara casi un año en instalar internet en su casa.
IMAGEN ILUSTRATIVA.

La Justicia bonaerense condenó a Telecom S.A. a indemnizar a un usuario nicoleño por la demora en la instalación de telefonía fija e internet en su vivienda. El caso tuvo como protagonista a un vecino de San Nicolás, domiciliado en calle Ameghino al 300, quien atravesó un extenso proceso de reclamos antes de obtener el servicio.

El conflicto se originó el 4 de marzo de 2011, cuando el cliente solicitó la instalación de una línea telefónica y conexión a internet en su domicilio. Cumplió con los requisitos exigidos por la empresa de telecomunicaciones y abonó el cargo de instalación, que debió pagar en dos oportunidades ante la falta de imputación del primer pago. Sin embargo, la conexión recién se concretó el 20 de enero de 2012, tras una espera de 322 días.

Durante ese período, el cliente realizó múltiples gestiones y reclamos tanto ante la empresa como ante el organismo regulador, sin obtener una respuesta adecuada ni una solución en los plazos correspondientes. La situación derivó en la apertura de un expediente administrativo y, posteriormente, en una demanda judicial por daños y perjuicios, la cual analizó el Juzgado Civil y Comercial N° 4 de San Nicolás.

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Los argumentos de la empresa y el análisis del fallo

En su defensa, la compañía atribuyó la demora a cuestiones técnicas y operativas, y sostuvo que el servicio de internet no constituía un servicio público esencial. También aseguró haber respondido a los reclamos. Sin embargo, el análisis del expediente evidenció que no acreditó la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor que justificara el incumplimiento.

La jueza a cargo del tribunal consideró que la empresa incumplió con la obligación de instalar el servicio dentro del plazo legal de 90 días y que tampoco brindó información clara y oportuna al usuario sobre los motivos de la demora. En ese sentido, remarcó que la compañía no respondió en tiempo y forma a requerimientos del organismo de control y que algunos de sus descargos se presentaron de manera extemporánea.

La indemnización y la multa aplicada

El fallo fijó una indemnización de 300.000 pesos en concepto de daño moral, al considerar acreditadas las molestias, gestiones reiteradas y el desgaste que sufrió el usuario durante el proceso. Además, la sentencia aplicó una multa en carácter de daño punitivo equivalente al valor de una canasta básica total para un hogar tipo 3, según los parámetros vigentes al momento del dictado.

La resolución también dispuso la aplicación de intereses sobre los montos reconocidos y estableció que las costas del proceso deberán ser afrontadas por Telecom S.A.

En sus fundamentos, la jueza destacó la vigencia de los derechos de los consumidores y la obligación de los proveedores de cumplir en tiempo y forma con la prestación de los servicios contratados. Asimismo, subrayó que la empresa no puede demorar indefinidamente la instalación cuando ha aceptado la solicitud y percibido el pago correspondiente.

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