Desde el comienzo de 2026, la UFI N°15, tematizada en Grooming, Pornografía Infantil y Delitos Informáticos, inició 36 causas por delitos de este tipo en el Departamento Judicial San Nicolás. De ese total, 22 corresponden a tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, mientras que 12 fueron por grooming. La fiscalía, a cargo del fiscal Jorge Leveratto, se encuentra especializada en esta temática desde 2017.

De la redacción de EL NORTE
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Los delitos informáticos en general aumentaron de manera exponencial desde que la pandemia de Covid en 2020 impulsó un mayor uso de internet. A esta preocupante realidad se suma que dentro de estos ilícitos se encuentran también otros más graves y aberrantes, que apuntan a los niños, como el aumento de casos de tenencia o divulgación de material de abuso sexual infantil y de grooming.
Desde 2017, la Unidad Funcional de Instrucción N°15 del Departamento Judicial San Nicolás, tematizada en Grooming, Pornografía Infantil y Delitos Informáticos, a cargo del fiscal Jorge Pablo Leveratto, se encuentra abocada a la lucha contra este tipo de delitos.
Impulsan investigaciones propias desde la justicia local y además intervienen cuando son convocados o alertados por distintos organismos internacionales en investigaciones dirigidas a desbaratar redes diseminadas en diferentes países.
Conforme a lo informado a EL NORTE por el organismo, en lo que va del año se habrían efectuado en nuestra ciudad alrededor de trece allanamientos en el marco de este tipo de investigaciones. Se trata de un delito que, en general, a menos que sume la figura de abuso o de producción de las imágenes, prevé una pena relativamente baja en proporción a la gravedad de los hechos y que generalmente admite excarcelación.
Desde 2017, cuando la fiscalía inició la instrucción de dichos procesos, se registraron aproximadamente 59 condenas, ya sea en juicios abreviados —en su mayoría— como en debates orales y públicos, no habiéndose registrado ninguna absolución.
Informaron además que en el transcurso del año pasado realizaron un total de 26 diligencias de allanamiento, todas con resultado positivo para la investigación.
En 2026, a poco más de cuatro meses de comenzado el año, fueron iniciadas 22 causas por el delito de tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil (infracción al Artículo 128 del Código Penal de la Nación) y 12 causas por el delito de grooming (Artículo 131 del CPN). Además, en el mismo período efectuaron un total de 13 allanamientos con resultado positivo en la mayoría de ellos, junto a personal policial de la DDI San Nicolás, Ramallo y Arrecifes, y Prefectura Naval Argentina, en procesos llevados a cabo en las localidades de San Pedro y Baradero. En todos los casos, los procedimientos fueron coordinados por la fiscalía, participando de ellos los Dres. Denise Gastellu, Claudia Lagostena, Matías Velando y Nicolás Lemme.
Este organismo también participó de varios procedimientos coordinados por el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del operativo “Protección de las Infancias”, con resultado positivo.
Grooming y material de abuso sexual infantil
Desde la fiscalía especializada señalaron a EL NORTE respecto de los delitos vinculados al grooming y al material de abuso sexual infantil que “esta problemática, lamentablemente, se viene sosteniendo de manera constante en el tiempo y requiere un abordaje que no sea solo punitivo. Por esta razón, desde la Fiscalía se mantiene un compromiso activo con la prevención, mediante el dictado de charlas informativas en establecimientos educativos. Estos encuentros buscan concientizar a los jóvenes y equipos docentes sobre los riesgos digitales y las consecuencias legales de estos delitos, reforzando la importancia de la denuncia y el cuidado de la integridad sexual en entornos virtuales”, señalaron desde el organismo.
Si bien no se detectaron en San Nicolás delitos vinculados a la producción de este material, es necesario aclarar que la expresión material de abuso sexual infantil (MASI) refiere a cualquier tipo de contenido en el que se observe explotación o abuso sexual infantil. Puede incluir imágenes, videos o transmisiones en directo que muestren a personas menores de edad siendo sexualizadas, abusadas o explotadas sexualmente —desde bebés hasta adolescentes— y es distribuido, facilitado, vendido y consumido entre personas que integran redes internacionales de explotación sexual de chicos.
La forma de obtenerlo puede ser tanto con la víctima presente, abusando de ella, como también de manera virtual, a través de las modalidades de ciberacoso o grooming, con engaños y extorsiones para conseguir las imágenes. La propagación del uso del celular y las redes entre los chicos, a edades cada vez más tempranas, abre más puertas a los pedófilos.
Hoy, para referirse al tema, se prefiere hablar de “material de abuso sexual infantil” (MASI) y ya no de pornografía, ya que el término “pornografía” se usa generalmente para una situación consensuada entre personas adultas que participan en actos sexuales para su grabación y posterior distribución. Cuando se hace intervenir a menores, nos encontramos frente a delitos de abuso sexual infantil.
Por su parte, el grooming es la acción deliberada por parte de una persona de acosar a un niño, niña o adolescente con fines sexuales mediante el uso de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos. Esos fines pueden no limitarse solo a obtener una imagen, sino también derivar en delitos mayores.
Para que exista grooming alcanza con que ocurra el contacto telemático con una intención sexual, aunque no se concrete el envío de imágenes o videos sexualizados.

