Casación ordenó que la Cámara de Apelaciones decida sobre el enjuiciamiento de Fernando Espíndola por abuso sexual de menores

JUICIO POR LA VERDAD

El Tribunal de Casación hizo lugar al recurso presentado por la querella ante la negativa del TOC N°1 de juzgar a Fernando Espíndola por abuso sexual de menores. Ordenó además que sea la Cámara de Apelaciones quien resuelva si corresponde o no realizar un juicio por la verdad. Este estamento ya había dado a conocer su postura cuando confirmó la prescripción de la acción, pero recomendó realizarlo para evitar injusticia

De la redacción de EL NORTE
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Finalmente, el Tribunal de Casación ordenó que sea la Cámara de Apelaciones quien decida si juzga o no por la verdad a Fernando Espíndola. Todo lo concerniente a este tipo especial de juicio no está legislado por lo que las cuestiones van resolviéndose por creación jurisprudencial. Este debate sería el primero bajo esta modalidad en el Departamento Judicial San Nicolás y uno de los primeros en el país. El sindicalista camionero y ex concejal de San Pedro, está acusado de haber abusado sexualmente en forma reiterada de tres menores de edad mediante violencia y amenazas aprovechando la situación de convivencia. La denuncia que originó el proceso había sido presentada en 2019 por su sobrina Cintia Espíndola (su nombre se consigna por su expreso pedido) quien lo acusa de haber abusado sexualmente de ella y de otros menores del entorno familiar cuando las victimas contaban con 6, 8 y 10 años de edad.

La causa fue elevada a juicio por primera vez en abril de 2023 y recurrida por la defensa del acusado fundándose en la prescripción por el paso del tiempo. La Cámara de Apelaciones declaró que realmente la causa estaba prescripta y dictó su sobreseimiento, pero fue más allá al entender que, aunque la ley favorecía al imputado y no podían apartarse de ella, para impedir una probable injusticia le sugirieron al fiscal que solicitara un juicio por la verdad como forma de evitar lo que sería negarle una tutela judicial efectiva a la víctima. Es así que la denunciante Cintia Espíndola siguió adelante y pidió el enjuiciamiento bajo esta modalidad lo que fue concedido por la Jueza de Garantías María Eugenia Maiztegui.

Cuando ya había sido sorteado el tribunal (recayó en el N°1) y solo restaba conocer la fecha de realización los jueces que lo integraban resolvieron que el caso no encuadraba en los supuestos que habilitarían un juicio por la verdad. Consideraron que “no obstante lo aberrante de los hechos referidos ni las secuelas que dejaran en las personas afectadas, no se trata de un delito de lesa humanidad”. Con estos fundamentos rechazaron el juzgamiento. Tras conocerse esta decisión el letrado Agustín Tanús, representante de la víctima, apeló ante la Cámara de Casación, que declinó resolver sobre el enjuiciamiento e informó que el planteo debía ser resuelto por el Tribunal de Casación. En las últimas horas este estamento ordenó que sea la Cámara de Apelaciones quien decida la conveniencia o no de la realización del juicio por la verdad contra Fernando Espindola. Teniendo en cuenta que justamente fue este organismo el que sugirió en principios su realización todo apunta a que tras varias idas y vueltas finalmente se ordenará el enjuiciamiento del sindicalista.

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La causa

Fernando Espíndola había sido imputado por abuso sexual reiterado agravado en perjuicio de menores de corta edad de su entorno familiar. Los hechos habrían ocurrido sobre finales de 1980 y prolongado en el tiempo hasta principios de 1990. El caso iba a ser debatido en el primer juicio por la verdad del Departamento Judicial San Nicolás. Las partes avanzaron con el pedido de ofrecimiento de prueba mientras esperaban la fijación de la fecha de realización. El enjuiciamiento había sido pedido conjuntamente por el fiscal juvenil José María Guadagnoli y por el Letrado Agustín Tanús, representante de la particular damnificada. La solicitud apuntaba a que el dirigente camionero Fernando José Espíndola sea sometido a un juicio Oral y Público por la verdad.

Consultado por EL NORTE acerca del alcance de esta nueva resolución el abogado de la víctima Dr Agustín Tanús se mostró satisfecho y explicó que “el Tribunal de Casación N°1 de La Plata hizo lugar al recurso del particular damnificado en pos de que se haga el juicio por la verdad y determinó además que es la Cámara de Apelaciones quien debe resolver ese pedido. Justamente había sido la Cámara quien lo propuso en su oportunidad, es decir que sabemos que está de acuerdo con ese lineamiento, por lo que entendemos que siguiendo su mismo criterio va a ser positivo” informó Tanús. Explicó además que “los juicios por la verdad son un derecho de las victimas reconocido por los pactos internacionales. Queremos hacerlo valer en el Departamento Judicial San Nicolás como corresponde y como ya se ha resuelto en distintos departamentos judiciales del país. Por lo tanto, habiéndose acreditado con pruebas suficientes de que existen elementos para llevar adelante el debate se tiene que hacer y nosotros ahí vamos a estar para eso” concluyó el letrado.

Actualmente Fernando Espíndola cumple arresto domiciliario acusado junto a Maximiliano Cabaleyro, también dirigente del sindicato de camioneros, por Extorsión y Turbación de la posesión durante el bloqueo a la planta de Rey Distribución en la que también se investigó el pago de coimas.

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