Casación le concede la prisión domiciliaria a Julio De Vido

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió conceder el beneficio de la prisión domiciliaria al ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, quien abandonará en las próximas horas el Complejo Penitenciario de Ezeiza, donde se encontraba cumpliendo su condena por la tragedia ferroviaria de Once.
De Vido, de 76 años, continuará ahora su pena en su domicilio, una decisión que los magistrados fundamentaron principalmente en su delicado cuadro de salud. El ex funcionario sufrió un infarto el pasado 1° de abril, episodio por el cual debieron colocarle un stent coronario. Los informes médicos incorporados al expediente dan cuenta de un “alto riesgo cardiovascular” y recomiendan un seguimiento constante, algo de difícil implementación en el ámbito carcelario.
Además del reciente infarto, los especialistas detallaron que De Vido padece diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, patologías que, combinadas, incrementan el riesgo de complicaciones severas. Estos antecedentes clínicos fueron valorados por los jueces como determinantes para morigerar las condiciones de detención.
El fallo que revocó la negativa inicial
Antes de la intervención de Casación, el Tribunal Oral Federal que supervisa la ejecución de la pena había rechazado el pedido de prisión domiciliaria formulado por la defensa. Sin embargo, los camaristas Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci hicieron lugar al planteo, anularon aquella decisión y ordenaron que la condena se cumpla en el domicilio de De Vido.
El ex ministro fue condenado por fraude al Estado en el marco de la investigación por la tragedia de Once, ocurrida en febrero de 2012, cuando una formación del ferrocarril Sarmiento chocó en la estación terminal y dejó un saldo de 51 muertos y más de 700 heridos. En ese proceso, la Justicia lo consideró partícipe necesario al entender que, desde su cargo, tuvo responsabilidad en el deficiente control del sistema ferroviario.
Controles y condiciones de la prisión domiciliaria
En su resolución, la Cámara de Casación encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control periódico sobre el cumplimiento de la prisión domiciliaria. Entre las medidas habituales para este tipo de regímenes se incluyen la implementación de dispositivos electrónicos, visitas de control y la obligación de informar cualquier modificación en el estado de salud o en el domicilio declarado.
- La domiciliaria no implica el fin de la condena, sino un cambio en la modalidad de cumplimiento.
- El beneficio se sustenta en informes médicos que advierten un alto riesgo cardiovascular.
- El juez de ejecución deberá supervisar que se respeten las condiciones fijadas por el tribunal.
“Los informes médicos dan cuenta de un alto riesgo cardiovascular y de la necesidad de un seguimiento continuo”, señalaron fuentes judiciales consultadas, al explicar los fundamentos del fallo.
Con esta decisión, uno de los ex funcionarios más emblemáticos de los gobiernos kirchneristas deja la cárcel de Ezeiza, aunque seguirá sometido a la Justicia y bajo estricta supervisión mientras cumpla su condena en su domicilio.

