El decreto nacional que desregula aranceles de colegios privados alcanza a escuelas bonaerenses sin aporte estatal

EN SAN NICOLÁS APLICA A DOS ORGANIZACIONES DE NIVEL INICIAL

El Ejecutivo derogó la norma que –desde hace más de tres décadas– obligaba a los institutos privados a informar y solicitar autorización previa al Estado para modificar matrículas y cuotas. Los colegios con estas características podrán ajustar los valores según sus costos y condiciones de mercado. “Entendemos que es una norma muy importante, la veníamos solicitando desde enero de 2024 a las autoridades”, indicó a EL NORTE el referente de AIEPBA Martín Zurita.

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De la Redacción de EL NORTE
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El Gobierno nacional dispuso la eliminación del sistema de control estatal sobre los aranceles que cobran los colegios privados al derogar el Decreto 2417/1993, que regulaba desde hace más de 30 años el vínculo entre el Estado y los institutos de enseñanza de gestión privada en todo el país. En la provincia de Buenos Aires, el nuevo decreto no resulta aplicable a los establecimientos subvencionados, ya que la jurisdicción cuenta con régimen arancelario propio. En San Nicolás, la mayoría de las escuelas de este tipo cuentan con aportes estatales, excepto dos del nivel inicial, que son las que alcanza la reciente resolución. Así lo indican los registros de la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de la Provincia de Buenos Aires (AIEPBA).

La medida fue formalizada a través del Decreto 787/2025, publicado ayer en el Boletín Oficial, y supone un cambio profundo en el esquema de supervisión de precios que regía para matrículas y cuotas escolares. A partir de ahora, los establecimientos privados podrán fijar libremente los valores, sin necesidad de obtener autorización previa ni comunicar los montos con antelación al Estado nacional.

“El decreto aplica en la provincia de Buenos Aires para los colegios no subvencionados. Hay en total casi 7000 colegios privados en territorio bonaerense y el 30 por ciento no tiene subvención. Para ellos está destinada la desregulación justamente. Ahora no tendrán la obligación de enviar la declaración jurada a la Secretaría de Comercio –y a las familias– en septiembre para avisar las cuotas de marzo. Tenían que decidir con siete meses de anticipación. Entendemos que es una norma muy importante; la veníamos hablando con los socios y solicitando desde enero de 2024 a las autoridades”, expresó a EL NORTE Martín Zurita, referente de AIEPBA.

Fundamentos

Según los fundamentos oficiales, la norma derogada “imponía limitaciones y requerimientos que dificultaban la adaptación de los institutos de enseñanza privada a las realidades educativas y económicas del país”. El texto argumenta que el régimen vigente respondía a una época en la que la educación estaba bajo administración nacional y que, con el traspaso de competencias a las provincias, era necesario “revisar el marco normativo existente” para promover “un entorno más propicio” para la gestión de los establecimientos privados.

El decreto advierte, además, que la intervención estatal en la fijación de aranceles “ha generado efectos contraproducentes que afectan el funcionamiento y la viabilidad económica” del sector. En particular, sostiene que la obligación de informar y obtener autorización previa para modificar las cuotas “limita la capacidad de adaptación de los colegios frente a las fluctuaciones del mercado”, lo que les impide ajustar sus precios de acuerdo con los costos operativos reales.

En la misma línea, el texto señala que el sistema de control “termina perjudicando a las familias”, ya que las instituciones suelen fijar aranceles más altos de lo necesario al inicio del ciclo lectivo para cubrirse ante eventuales aumentos no autorizados.

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Salarios y contratación

El Gobierno también enfatizó que los establecimientos privados “deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados sin requerir autorización estatal”, en defensa del derecho de propiedad. Según la visión oficial, la rigidez de los controles podría incluso “afectar la calidad educativa”, al impedir que los colegios respondan con agilidad a los incrementos de costos de insumos y salarios.

Por último, el decreto instruye al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, a revisar las disposiciones del Decreto 2542/1991, considerado la norma madre del sistema de financiamiento de la educación privada. El objetivo es avanzar hacia un esquema que resguarde el principio de libre contratación y “permita a las instituciones educativas definir sus políticas de precios y compensaciones en un marco de competencia leal y conforme a las demandas del mercado”.

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