El INPI elimina los llamados de atención en marcas

El organismo redefine el sistema de observaciones

Sede del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial

NewsITe

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) resolvió eliminar los llamados de atención en los trámites de registro de marcas nuevas, una figura informal que permitía a terceros advertir sobre posibles conflictos antes de que se presentara una oposición formal. La decisión apunta a simplificar el procedimiento y a concentrar las controversias exclusivamente en el sistema de oposiciones previsto por la normativa vigente.

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De acuerdo con la Resolución 139/2026, publicada en el Boletín Oficial, a partir del 1° de marzo de 2026 ya no se admitirán presentaciones de «llamados de atención» sobre solicitudes de marcas ingresadas desde esa fecha. En adelante, cualquier cuestionamiento de terceros deberá canalizarse mediante una oposición formal, dentro de los plazos legales y con el pago de los aranceles correspondientes.

Hasta ahora, los llamados de atención funcionaban como una advertencia administrativa, sin el peso jurídico de una oposición pero con capacidad de demorar o condicionar el análisis de la solicitud. El INPI consideró que ese mecanismo resulta incompatible con el nuevo esquema de gestión, basado en la celeridad, la desburocratización y la previsibilidad en materia de propiedad industrial.

Cómo impacta la medida en el registro de marcas

Bajo el procedimiento actualmente vigente, el examen de registrabilidad de una marca se realiza antes de su publicación, lo que implica que el control de orden público se efectúa de manera previa a la intervención de terceros. En ese contexto, el organismo entiende que la existencia de observaciones informales agrega una instancia superpuesta que dificulta el avance de los expedientes.

Con la nueva resolución, quienes pretendan objetar una marca deberán asumir el camino formal de la oposición, que supone mayores exigencias que un simple aviso: presentación dentro del plazo, fundamentación del reclamo y pago del arancel para su mantenimiento. Si el oponente no mantiene la oposición abonando el arancel en tiempo y forma, la misma no se convertirá en un aviso de interés ni en un llamado de atención residual.

Cambios en el tratamiento de las oposiciones

El texto oficial aclara que la falta de mantenimiento de una oposición solo puede interpretarse como la desaparición del interés que originó la observación. Es decir, si la parte que se opuso no sostiene su planteo en la instancia administrativa, el INPI considerará que ya no existe conflicto en juego y permitirá avanzar con el trámite del solicitante.

  • Las oposiciones que no se mantengan no generarán avisos informales ni nuevas alertas.
  • La vía de oposición pasa a ser el único canal para impugnar una marca nueva.
  • Se busca acotar tiempos y reducir cargas administrativas en el organismo.

Estas modificaciones rigen exclusivamente para solicitudes de marcas nuevas ingresadas a partir del 1° de marzo de 2026. Para los trámites presentados hasta el 28 de febrero de 2026 seguirá vigente el esquema anterior, con el fin de no alterar derechos ni expectativas de quienes iniciaron sus gestiones bajo las reglas previas. El INPI apunta así a un sistema más ágil, claro y previsible, tanto para titulares de marcas como para eventuales oponentes.

La eliminación de los llamados de atención busca reducir instancias informales y concentrar los conflictos en un único procedimiento regulado: la oposición.

Con este cambio, el organismo nacional de propiedad industrial se alinea con estándares internacionales que priorizan procesos más simples y digitalizados, en sintonía con la creciente cantidad de solicitudes de registro de marcas que se presentan cada año en la Argentina.

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