La FACA rechazó disposición de ANSES vinculada con el rol de los abogados

Una resolución del organismo previsional prohibió que los letrados puedan ejercer la función profesional de apoderados en trámites del plan de pagos de la moratoria previsional. La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) lanzó un comunicado rechazando la medida.

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) presidida por el nicoleño José Luis Lassalle manifestó públicamente su “más enérgico rechazo” contra la decisión de la Administración Nacional de la Seguridad de Social (ANSES) que dispone que los profesionales letrados no pueden ejercer como apoderados en trámites del plan de pagos de una moratoria.

A través de un comunicado, la FACSA cuestionó la Circular nº 22/23 emitida por ANSES, ndicando que “afecta gravemente el derecho de las personas más vulnerables interesadas en acogerse al Plan de Pago de Deuda Previsional al vedarle la posibilidad de hacerlo a través del apoderamiento de un abogado o abogada de su confianza”.

“La Circular en cuestión excluye efectivamente, de manera ilegal y arbitraria a los profesionales del derecho para actuar en calidad de apoderados en el inicio y tramitación del plan de facilidades dispuesto por la Ley 27.705, coartando sin justificación alguna el ejercicio de la actividad profesional de abogados y abogadas en esta materia y cumplir con el mandato conferido por quienes depositan su fe en ellos para la tutela efectiva de sus derechos”, observaron desde la institución que preside Lassalle.

Asimismo, la FACA “repudió” las publicaciones del ANSES que “so pretexto de comunicar sobre el asesoramiento gratuito puesto a disposición de los interesados contienen expresiones absolutamente ofensivas y discriminatorias contra la abogacía en general, menoscabando la dignidad de cada abogada y abogado en su condición de tal”.

El pedido

En el mismo escrito, la entidad que integran todos los Colegios de Abogados del país exhortó a las autoridades del ANSES a “dejar sin efecto la circular y toda otra disposición que impida la presentación de certificaciones extendidas por funcionarios públicos autorizados por la ley a tales efectos o limite el pleno desempeño de los abogados y abogadas ante ese organismo y/o desconozca su apoderamiento a través de mandatos otorgados con arreglo a la legislación vigente”.

La entidad profesional señaló además su vocación de “preservar el diálogo como primera herramienta para superar las diferencias u obstáculos previsibles y subsanables a partir de la buena fe y sana disposición”. Pero a renglón seguido enfatizó asimismo su “firme compromiso de defender administrativa o en su caso judicialmente el libre ejercicio de la abogacía y el respeto por la dignidad de cada colega agraviado en el ejercicio de su actividad”.

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