Micros de larga distancia: ahora el equipaje deberá estar registrado a nombre del pasajero

A partir de los 60 días de su publicación en el Boletín Oficial, los micros de larga distancia deberán exigir equipaje identificado a nombre del pasajero, bajo un nuevo sistema de trazabilidad digital que será fiscalizado por la CNRT y sancionado en caso de incumplimiento.

A partir de los 60 días de publicada la medida en el Boletín Oficial, los pasajeros de micros de larga distancia deberán llevar su equipaje identificado a su nombre para poder despacharlo y transportarlo en los servicios.

La Secretaría de Transporte aprobó la resolución 4/2026, que reemplaza el sistema anterior basado en marbetes y fajas físicas, y habilita a las empresas a utilizar dispositivos documentales o tecnológicos verificables para asegurar la trazabilidad de las pertenencias durante todo el recorrido.

La normativa establece que no se permitirá el ingreso de valijas sin identificación y que los mecanismos que se adopten deberán ser interoperables con los sistemas de transporte internacionales de los países limítrofes, con el objetivo de garantizar controles compatibles en los trayectos regionales.

Las empresas de transporte tendrán un plazo de 60 días desde la publicación de la resolución para implementar los nuevos mecanismos de identificación y control del equipaje.

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Fiscalización y sanciones

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de fiscalizar el cumplimiento de la medida y supervisará que los dispositivos utilizados garanticen la seguridad y la trazabilidad del equipaje, sin limitarse a especificaciones técnicas determinadas.

En los casos de pérdida total, parcial o deterioro del equipaje, se aplicarán las indemnizaciones previstas en la resolución vigente. Además, los transportistas deberán informar a la Subsecretaría de Transporte Automotor y a la CNRT los mecanismos que adopten con al menos 30 días de anticipación a la entrada en vigencia.

El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme al Régimen Sancionatorio por Infracciones en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional.

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