Ratifican el procesamiento de Morla por marcas de Maradona

La Cámara confirmó las imputaciones por la explotación de la marca Maradona

Matías Morla, ex apoderado de Diego Maradona, en el centro de la causa por las marcas del astro

NewsITe

La Sala 7 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó los procesamientos del abogado Matías Morla y de las hermanas de Diego Armando Maradona en la causa que investiga la presunta apropiación indebida de las marcas y derechos vinculados al ídolo máximo del fútbol argentino.

El fallo, de 25 páginas y al que tuvo acceso Noticias Argentinas, rechaza las apelaciones presentadas por las defensas de Morla; su cuñado y ex colaborador, Maximiliano Pomargo; la escribana Sandra Iampolsky; el empleado Sergio Garmendia; y las hermanas de Diego, Ana y Rita Maradona. Todos ellos habían cuestionado las resoluciones dictadas a mediados de septiembre, en las que se les trabó procesamiento por distintos grados de participación en el presunto delito.

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Entre otros argumentos, las defensas planteaban que la Sala IV de la Cámara se había excedido en la competencia al revisar decisiones anteriores y que el objetivo de los recursos no era llegar a un procesamiento, sino revisar sobreseimientos dictados previamente. Los camaristas Juan Esteban Cicciaro, Rodolfo Pociello Argerich y Ricardo Matías Pinto descartaron ese planteo y ratificaron la validez de las imputaciones.

El rol de Sattvica S.A. y la disputa por la herencia

Un punto central del pronunciamiento es el análisis de la firma Sattvica S.A., vehículo societario a través del cual se habrían administrado marcas y derechos de imagen de Maradona. Para los jueces, la empresa funcionó como un “ropaje societario”, ya que, según informes de la Inspección General de Justicia (IGJ), no tuvo actividad económica real durante varios años.

El tribunal también desestimó la idea de que existiera un deseo válido de Maradona de ceder los frutos de su carrera exclusivamente a sus hermanas, por encima de sus hijos. Los camaristas recordaron que esa interpretación choca con los principios básicos del derecho sucesorio argentino y con lo dispuesto en los artículos 2277 y siguientes del Código Civil y Comercial.

En esa línea, remarcaron que los herederos Dalma, Gianinna, Jana, Diego Maradona Jr. y Dieguito Fernando conservan el derecho a una “porción legítima” del patrimonio de su padre, tal como establece el artículo 2444 del mismo cuerpo legal, lo que incluye los ingresos derivados de su imagen y sus marcas registradas.

Delitos imputados y situación procesal de los acusados

Morla, Pomargo y Garmendia están procesados como presuntos coautores del delito de defraudación y administración fraudulenta, previsto en los artículos 45 y 173 inciso 7° del Código Penal, en relación con el artículo 306 del Código Procesal Penal de la Nación. Se los investiga por el manejo de Sattvica S.A. y otras estructuras que habrían operado los derechos vinculados a la figura del campeón del mundo en México 1986.

Por su parte, las hermanas de Maradona, Ana y Rita, junto con la escribana Iampolsky, fueron consideradas partícipes necesarias en el mismo ilícito. De acuerdo con la pesquisa, habrían colaborado en el entramado que permitió registrar, ceder y explotar económicamente marcas asociadas a Diego sin la debida participación de sus herederos forzosos.

Morla mantuvo la presidencia de Sattvica hasta septiembre de 2022, aunque ya en febrero de 2021 la Justicia lo había intimado a transferir la administración de los derechos de imagen del ex capitán de la Selección a los herederos. En paralelo, Pomargo se desempeñó como director suplente hasta su renuncia, poco después de la salida formal del abogado. Las acciones de las sociedades vinculadas fueron luego cedidas a Claudia y Rita Maradona, en un contexto de intensa disputa judicial y mediática alrededor del legado del “Diez”.

Con la confirmación de los procesamientos, la causa por las marcas y la herencia comercial de Maradona ingresa en una etapa clave, donde se definirá si los acusados enfrentarán un juicio oral por administración fraudulenta.

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