Rechazaron el pedido de prisión domiciliaria a Julio De Vido

El Tribunal Oral Federal N.º 4 sostuvo que la edad y el estado de salud del exministro no habilitan de forma automática el arresto domiciliario y afirmó que el sistema penitenciario puede garantizar la atención médica necesaria.

Julio De Vido

El Tribunal Oral Federal N.º 4 resolvió que el exministro Julio De Vido continuará cumpliendo su condena en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza. La decisión fue adoptada este martes por el juez Ricardo Basílico, quien rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa.

La resolución se dictó luego de que un informe del Cuerpo Médico Forense determinara que el estado de salud del extitular de Planificación Federal puede ser tratado dentro del ámbito penitenciario, siempre que se garantice la atención médica correspondiente.

En ese marco, el magistrado dispuso que las autoridades penitenciarias deben continuar con “el cumplimiento de los controles médicos requeridos respecto de Julio Miguel De Vido, a efectos de asegurarle una asistencia médica integral, debiendo velar en todo momento por la integridad de la salud psicofísica del nombrado”.

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El planteo de la defensa y el informe médico

De Vido solicitó cumplir la pena de cuatro años de prisión por administración fraudulenta en su domicilio de Zárate, provincia de Buenos Aires, y dejar el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza. El pedido fue impulsado por sus abogados defensores, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro.

Los letrados argumentaron que el exfuncionario está próximo a cumplir 76 años y consideraron que esa circunstancia era “suficiente por sí misma” para habilitar la prisión domiciliaria. De manera subsidiaria, también invocaron razones de salud, al describir un cuadro de vulnerabilidad que, según sostuvieron, no podía ser atendido adecuadamente dentro de la cárcel.

Sin embargo, el Cuerpo Médico Forense examinó a De Vido el 10 de diciembre y concluyó que el paciente se encontraba compensado y clínicamente estable. Los especialistas de la Corte Suprema indicaron que el tratamiento de sus patologías crónicas —diabetes, hipertensión y una afección cardíaca— requiere controles periódicos, dieta adecuada y medicación suministrada en tiempo y forma.

El informe señaló que ese seguimiento puede realizarse tanto en su unidad de alojamiento como en hospitales extramuros, en caso de ser necesario.

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Los fundamentos del rechazo a la domiciliaria

En una resolución de 52 páginas a la que tuvo acceso el medio Infobae, el juez Basílico sostuvo que las actuales condiciones de detención resultan aptas para atender las problemáticas de salud del exministro y que no se verifican los requisitos legales para conceder el arresto domiciliario.

“El beneficio de la prisión domiciliaria no es automático ni obligatorio y depende de una evaluación integral de las circunstancias”, afirmó el magistrado. En ese sentido, señaló que “la edad cronológica debe ser evaluada conjuntamente con otros factores relevantes, tales como el estado de salud y las condiciones concretas de alojamiento, descartándose interpretaciones que consagren un derecho automático al arresto domiciliario por razones etarias”.

La resolución destacó que la Colonia Penal Ezeiza –Unidad N.º 19– cuenta con profesionales de la salud de guardia las 24 horas y se encuentra a cinco minutos del Hospital Penitenciario Central, lo que permite una respuesta inmediata ante eventuales urgencias médicas.

Por el contrario, el domicilio propuesto por la defensa en el barrio Puerto Panal Farm Club se ubica a más de 11 kilómetros del hospital zonal más cercano, lo que implicaría un mayor tiempo de traslado ante una emergencia.

El juez ordenó al Servicio Penitenciario Federal mantener el cumplimiento estricto de todos los controles médicos, dietas y tratamientos farmacológicos que requiere el condenado, y ratificó la autorización para traslados inmediatos a centros de mayor complejidad si su estado de salud lo demandara en el futuro. La decisión puede ser apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Otras causas judiciales

Además de la condena firme por la tragedia de Once, ratificada por la Corte Suprema, Julio De Vido fue declarado culpable este año en primera instancia por irregularidades en la adquisición de 11 buques de gas natural licuado (GNL) entre 2008 y 2009, causa en la que recibió una pena de cuatro años de prisión.

En 2022, el exministro ya había sido condenado a la misma pena por la compra de “trenes chatarra” a España y Portugal durante el gobierno de Néstor Kirchner.

Su agenda judicial incluye además otros procesos en trámite, como la causa Cuadernos, el caso Skanska —en el que el fiscal general Abel Córdoba solicitó cinco años de prisión— y el juicio por presunta corrupción vinculada a la empresa Odebrecht.

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