Villafuerte Ruzo dictó la falta de mérito en la causa contra el intendente de San Pedro por contaminación del río Paraná

JUSTICIA FEDERAL

El Juez federal de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo dispuso la falta de mérito en el proceso contra el intendente de San Pedro Cecilio Salazar y sus funcionarios por contaminación del río por efluentes cloacales. El magistrado consideró que “no basta con contaminar” para que haya “riesgo o peligro para la salud pública”. Igualmente pidió estadísticas locales sobre afecciones producidas por agua contaminada.

Foto: EL NORTE-Cecilio Salazar

De la redacción de EL NORTE
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El magistrado Carlos Villafuerte Ruzo, a cargo del Juzgado Federal de San Nicolás donde tramita la causa por contaminación del río por efluentes cloacales dictó la falta de mérito en favor de las personas vinculadas a la acusación. Se trata del intendente de San Pedro Cecilio Salazar y de los funcionarios Mariano Brañas y Ariel Álvarez y de los ex funcionarios Javier Silva y Jorge Ponzio. Además, le requirió al gobierno de esa localidad estadísticas sobre afecciones “derivadas o transmitidas por agua contaminada por desechos cloacales”.

La investigación se inició tras la denuncia presentada por una ONG por los efluentes de la empresa Ingredion en Baradero. Cuando el juzgado de Campana mandó a analizar el agua del río se encontró con altos niveles de contaminación fecal previa por lo que derivó la causa al juez con competencia en San Pedro que es el de San Nicolás. Salazar y los funcionarios del gabinete involucrados en la causa fueron imputados por “incumplimiento en los deberes de funcionario público” y “contaminación ambiental”.

Finalmente, en las ultimas horas, el juez federal nicoleño dio a conocer su decisión de no procesar a los investigados por la contaminación del río Paraná por el vertido de efluentes cloacales sin tratamiento. A la par consideró que “por el momento no hay elementos suficientes como para ordenar el procesamiento y tampoco como para sobreseerlos” (deja la puerta abierta a continuar la investigación con nuevos elementos. Es una resolución intermedia que no cierra el caso, sino que suspende temporalmente la acusación hasta que surjan más pruebas).

También consideró en su decisión que se deberá analizar el caso concreto y hacerlo con el auxilio de especialistas en la materia atento a que en la causa no hay “constancias o estadísticas médicas de atenciones sanitarias relacionadas a afecciones en la salud originadas particularmente por la presencia en el Paraná de desechos cloacales sin tratamiento previo” Por ello Villafuerte Ruzo dispuso la falta de mérito y solicitó al gobierno que le envíe información.

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Pedido de informes

De esta forma, según consigna La Opinión de San Pedro, el magistrado ordenó a la Secretaría de salud que remita informes estadísticos respecto a diagnósticos relacionados a afecciones a la salud derivadas o transmitidas por aguas contaminadas por desechos cloacales desde el 2022 a la fecha.

La justicia requirió además a la empresa a cargo de los estudios para la proyección de una nueva planta depuradora que eleve el informe final del denominado “proyecto de optimización y ampliación del sistema de desagües cloacales de la ciudad de San Pedro”.

El juez consideró que interrumpir los vuelcos de los desechos crudos al río hasta contar con la información científica devendría en una situación nada agradable.

Entre sus consideraciones el magistrado expuso que “resulta llamativa la ausencia de una política preventiva y de un sistema de contralor y sancionador no penal puesto que si no hay depuradora hace más de 40 años cómo es posible que no haya habido acciones más eficaces para solucionarlo”.

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